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Asesores: El Tipo Máximo del IRPF

El tipo máximo del gravamen del IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de España está fijado en un 43% y supera en 4,3 puntos porcentuales a la media de los países miembros de la Unión Europea que según datos de Eurostat está situado en el 38,7%, según datos de Eurostat recogidos por el Instituto de Estudios Económicos.

 Los tipos máximos de gravamen en la Unión Europea correspondientes al período 2007 varían entre el menor que corresponde a Rumania con un 16% y el más elevado que corresponde a Dinamarca con un 59%, tras este país se sitúan Suecia con un 56,6%, Holanda con un 52% y Finlandia con el 50,5%.

España e Italia tienen el mismo tipo, es decir un 43%, mientras que Portugal tiene establecido un 42%.

Entre los países de reciente incorporación a la Unión podemos señalar que Eslovenia cuenta con el gravamen más elevado ya que llega al 41%, mientras que el 40% de tipo aplica para Reino Unido, Polonia, Francia, Grecia Los restantes países miembros de la UE cuentan con tipos máximos de gravamen inferiores a la media.

De esta forma, Malta, República Checa y Chipre mantienen el 30%, mientras Lituania, Letonia, Bulgaria y Estonia superan el 20%.

De igual forma hay que señalar que en los niveles más bajos se encuentran Eslovaquia y Rumania, con unos tipos máximos de gravamen del 19% y el 16%, respectivamente.

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A efectos del Impuesto de Sociedades para los ejercicios iniciados en el beneficio tributa por el Impuesto de Sociedades el tipo de gravamen general queda fijado en el 30%. Para las empresas de nueva creación (desde 1 enero 2013) tritutarán al 15% en 2013 y 2014 (20% para el beneficio > 300.000 euros y un 25% si pyme antigua para empresas reducida dimensión), conforme con la rebaja progresiva iniciada con la Ley. Se extiende al periodo impositivo iniciado en 2013 la aplicación del tipo reducido de gravamen para entidades (a) cuyo importe neto de la cifra de negocios en el periodo sea inferior a 5 millones de euros, (b) tengan una plantilla media en el periodo inferior a 25 empleados y (c) creen o mantengan empleo (en los términos regulados en la propia normativa y el tipo en este caso no será el 25% sino el 20%). Normativa IS Agencia Tributaria.

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