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Asesores: La Administración del Fondo Social

Las notas definitorias de la Unión Administradora del Fondo Social Europeo es la entidad competente en España para la administración de los recursos provenientes del Fondo Social Europeo y sus notas definitorias son las que detallamos a continuación:

- La UAFSE se encuadra, dentro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en la Secretaría General de Empleo, Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del FSE.

- Se ocupa de la gestión y distribución de fondos del Fondo Social Europea entre las Comunidades Autónomas y los organismos de gestión de la Administración General del Estado.

- Canaliza las ayudas del Fondo Social Europeo a los Programas Operativos, Documentos Únicos de Programación y las denominadas las Iniciativas Comunitarias.

De igual forma es necesario señalar las funciones del Unión Administradora del Fondo Social Europeo que son las que detallamos a continuación:

- Promover las acciones encaminadas al cumplimiento de los objetivos del FSE en España.

- Intervenir en la negociación con la Comisión Europea de los Marcos Comunitarios de Apoyo.

- Coordinar a las autoridades nacionales, autonómicas y locales con competencias en materia de recursos humanos para elaborar las distintas formas de intervención.

- Examinar si las solicitudes de ayuda formuladas cumplen los requisitos exigidos por la normativa vigente y se inscriben en el marco de la política nacional de empleo.

- Comprobar que las solicitudes presentadas tengan garantizada la aportación de la financiación nacional que debe complementar la ayuda solicitada al FSE.

- Tramitar ante el Fondo Social Europeo las solicitudes de ayudas y participar en la negociación de los PO y DOCUP resultantes.

- Tramitar como autoridad pagadora, las solicitudes de pago derivadas del desarrollo de las acciones cofinanciadas.

- Controlar y evaluar las acciones que hayan recibido ayudas del Fondo Social Europeo para garantizar el buen fin de las mismas, de conformidad con lo establecido en la normativa comunitaria.

- Vigilar por el correcto cumplimiento de las obligaciones de información y de publicidad de las distintas intervenciones cofinanciadas y de difusión de los logros y resultados obtenidos.

Contacto:

D&V Asesores. Calle Azcona 36 bajo. 28028 Madrid
Tel.: 91 361 25 69. E-mail: info@asesoresfiscalesmadrid.com

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A efectos del Impuesto de Sociedades para los ejercicios iniciados en el beneficio tributa por el Impuesto de Sociedades el tipo de gravamen general queda fijado en el 30%. Para las empresas de nueva creación (desde 1 enero 2013) tritutarán al 15% en 2013 y 2014 (20% para el beneficio > 300.000 euros y un 25% si pyme antigua para empresas reducida dimensión), conforme con la rebaja progresiva iniciada con la Ley. Se extiende al periodo impositivo iniciado en 2013 la aplicación del tipo reducido de gravamen para entidades (a) cuyo importe neto de la cifra de negocios en el periodo sea inferior a 5 millones de euros, (b) tengan una plantilla media en el periodo inferior a 25 empleados y (c) creen o mantengan empleo (en los términos regulados en la propia normativa y el tipo en este caso no será el 25% sino el 20%). Normativa IS Agencia Tributaria.

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